

La tecnología avanza y su negocio debe avanzar con ella. Las buenas relaciones con clientes y proveedores dependen, entre otros factores, de la integración tecnológica con ellos. Nuestra solución albaWin Facturae le ofrece la posibilidad de asegurar su posición frente a terceros, incluida la transacción de documentos con la Administración Pública.
Es el “resultante en transformar la factura tradicional a un archivo en formato electrónico con la particularidad de que está firmado digitalmente”. Esto es lo que hace que la factura electrónica adquiera validez fiscal y legal. De esta forma usted se ahorrará tener que imprimir el documento para enviárselo a su destinatario.
Para que un documento tradicional tenga validez, lo normal es firmarlo manualmente o sellarlo. La firma electrónica es lo análogo a la firma tradicional aplicado al formato digital. Mediante un Certificado Digital, se agregan a la factura electrónica una serie de caracteres que básicamente certifican que quien emite ese documento “es quien dice ser”.
El certificado digital es un fichero electrónico, expedido por una entidad denominada Autoridad de Certificación que sirve para identificar de manera unívoca a personas o empresas en entornos electrónicos como por ejemplo Internet. Se puede decir que el certificado electrónico es como un DNI electrónico.
Optar por la Factura Electrónica le ofrecerá beneficios económicos, estratégicos y de posicionamiento ante su competencia.
La principal es que se elimina la obligatoriedad de imprimirlas en papel. De esta forma, usted no sólo reducirá los costes asociados a la generación y manipulación de documentos impresos, sino que aumentará sustancialmente la calidad en la gestión y el control de todo el proceso de facturación.
Sí. La ley obliga a guardar durante el período de prescripción el documento de la factura junto con los datos de la firma electrónica y el certificado.
Como emisor de facturas electrónicas usted tiene las siguientes obligaciones:
En principio las mismas que tiene el emisor, pero a diferencia de este, si usted es receptor de facturas electrónicas podrá elegir por conservarlas en formato papel con la condición de que se refleje en ellas una marca gráfica de autenticación producida por un sistema que sea admitido y publicado por la Agencia Tributaria.
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